jueves, 18 de noviembre de 2010

VIOLENCIA INTRAFAMILIAR Y ENFOQUE DE GÉNERO


El enfoque de género, tuvo en sus inicios una aceptación parcial, debido a su identificación con una postura de corte radical – feminista. Más que trascender el concepto de mujer como tal, se buscó darle un énfasis  al concepto de género, dando un nuevo enfoque y significado social al hecho de ser hombre o mujer.

Las relaciones de género derivan de los modos en que las culturas asignan las funciones y responsabilidades distintas a la mujer y al hombre  (FAO, 2004). La violencia de género, se entiende como la violencia ejercida contra la mujer, que incluye manifestaciones físicas, psicológicas y sexuales, y cuya causa radica en la socialización diferencial de género; es decir, en una construcción cultural de lo “femenino” y lo “masculino” realizada sobre la base biológica del sexo, que define relaciones entre hombres y mujeres basadas en una distribución asimétrica del poder. En esa perspectiva, la expresión más grave de estas relaciones es la violencia contra la mujer por parte de su pareja o cónyuge (Jiménez, 2007).
            Lo anterior ha conllevado a un replanteamiento, tanto en políticas públicas como medidas legislativas. el 7 de Octubre de 2005, se promulga una nueva ley de Violencia Intrafamiliar, la cual sustituyó la anterior y modificó el código penal (Donoso, 2007). Ésta aborda el maltrato físico y psicológico, creando el maltrato habitual, aumentando sanciones, dando mayor protección, donde el agresor debe alejarse del hogar y de la víctima, incautando además sus armas. En cuanto al proceso judicial, cuando no hay delito, los tribunales de Familia adoptan distintas medidas de protección. Por el contrario, cuando sí hay delito, el Ministerio Público asume la investigación y procedimientos (BCN, n.d).
            En cuanto al rol profesional del psicólogo, éste se puede desenvolver en distintas áreas del SERNAM, tal como los centros de la mujer, programas terapéuticos hacia la víctima y/o victimario, asi como también de consejeros técnicos a los jueces de familia, y como psicólogo jurídico, entre otros (Poder judicial, n.d; SENAME, n.d). Además, cabe destacar que además se desempeña en casas de acogida de mujeres con riesgo vital y desprovistas de redes de apoyo, víctima de violencia de género, desempeñando roles tal como contención, empoderamiento personal,  dinámicas de grupo y fortalecimiento de redes sociales entre las mujeres usuarias del centro.

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