miércoles, 17 de noviembre de 2010

CRÍTICA A LOS HOGARES DE PROTECCIÓN.

La convención de los derechos del niño aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1989, fue ratificada en Chile 1990, en ella se combinan derechos civiles y políticos con derechos económicos, sociales y culturales, considerándolos como componentes complementarios y necesarios para asegurar la protección integral del niño y su participación en la sociedad en calidad de sujeto de derecho.
 Cuando la propia familia no es capaz de proporcionar los cuidados necesarios al niño/a, aún habiendo recibido apoyo, deberá optarse por la separación del niño/a de este entorno, proporcionándole los cuidados alternativos en una Residencia de Protección, lo cual responde a una medida de protección cautelar especial, iniciada por un juez de familia, tendiente a proteger sus derechos cuando se encontrasen amenazados o vulnerados.
En base al estudio del SENAME “Análisis del perfil del sujeto de atención en residencias” podemos evidenciar que las residencias de acogida  con toda la capacidad técnica que requieren para atender adecuadamente a los niños y niñas. De igual forma algunas falencias evidenciadas en estos centros son (López, 2009):
Atención masiva y entrada indiscriminada (debido a que no se evita primeramente la institucionalización), ausencia de profesionalización  (existe una falta de atención focalizada a cada caso), Desajuste entre la actual capacidad de los centros residenciales y los requerimientos planteados por el nuevo perfil de los niños (perfiles mas complejos, y no se integra la  perspectiva de inserción social).
Desde un enfoque clínico, el trabajo se centra enormemente en el niño/a  (Fernández y Fuertes, 2000), lo que produce una tendencia a evaluar los posibles efectos negativos sufridos, cayendo en muchas ocasiones en una patologización excesiva (Martín, 2005), de esta forma estamos abarcando solo una parte del problema, ya que muchas veces el foco al que se debe centrar la intervención es multicausal.  La brecha entre lo que entrega el Estado y lo que se necesita para brindar a los niños y niñas una buena atención se cubre hoy con caridad. Las instituciones que logran mayores recursos, ofrecen mejores profesionales, mejores hogares a los niños. Las instituciones que tienen redes pequeñas, ofrecen a los niños lo que pueden con la administración de los dineros públicos. A veces esos hogares están en muy malas condiciones, de infraestructura y de aseo; o carecen de los especialistas necesarios. Quien decide a cuál hogar se va cada uno es un Juez, dependiendo de los cupos. El sistema protege entonces sólo a veces, en la mayoría de los casos protege mal y para colmo no los protege a todos de la misma manera.
En relación a lo expuesto anteriormente, es importante mencionar que el papel que tiene el psicólogo, es de mucha relevancia para ir modificando esta realidad. Desde la psicología ambiental o ecológica, se plantea una nueva forma de afrontar la problemática, desde un punto de vista más holístico que incluye a la familia y el entorno del niño, en este sentido se debe privilegiar un modelo de intervención que integre el trabajo con las familias, la intervención en red, y la autonomía anclada, la cual tiene que ver con construir anclajes graduales en la vida del niño(a) con todas aquellas estructuras que puedan aportar un apoyo significativo a su autoconfiguración como persona (Martínez, 2010). Todo esto tomando en cuenta la relevancia que tiene el núcleo familiar en el desarrollo normal de cada persona..

Links:

2.-Departamento de Protección de Derechos Servicio Nacional de Menores (2007) Modalidad residencias de protección para lactantes y pre – escolares.
Extraído el 10 de Septiembre de 2010

3.-López, M (2009). Acogimiento familiar y residencial
Extraído el 8 de Septiembre de 2010

4.-Martín, E y Gonzáles, M (2007). La calidad del acogimiento residencial desde la perspectiva de los menores
Extraído el 9 de Septiembre de 2010

5.-Martín, E, Rodríguez, T, Torbay, A, (2008). Cooperación familiar y vinculación del menor con la familia en los programas de acogimiento residencial
Extraído el 9 de Septiembre de 2010




No hay comentarios:

Publicar un comentario