jueves, 18 de noviembre de 2010

JÓVENES INFRACTORES DE LEY.


Se entiende por delincuencia juvenil cuando un niño o un adolescente comete infracciones contra las leyes criminales de un país (LeBlanc, 2003 citado en Sandoval, C. 2007). Esta definición está confirmada en la utilización en Chile del término “infractores de ley”. El adolescente delincuente es aquel que ha cometido una o más infracciones contra las leyes criminales.
En Chile la ley 20.084, promulgada el 2007, sobre responsabilidad penal, por primera vez contempla en nuestra legislación a los adolescentes como sujetos de derecho, responsables de sus actos, con deberes y prerrogativas. Si bien la normativa enfatiza la responsabilización durante el cumplimiento de las medidas y sanciones, un propósito de relevancia es la reinserción, normalización educativa y capacitación laboral, como también la rehabilitación de las adicciones de los jóvenes que sean imputados de un delito, si ello es requerido (Sename, 2007a citado en Dionne, J. & Zambrano, A. 2009). Una vez definida la sanción, el énfasis que se intenta en la intervención, es de carácter socioeducativo en la perspectiva de la reinserción social. De acuerdo a esta ley los jóvenes son enviados a los diferentes centros del Servicio Nacional de Menores (SENAME) en donde los profesionales a cargo que, pueden ser psicólogos o asistentes sociales, deben dar cumplimiento a esta ley a través de sus intervenciones. El método de intervención común en todas las unidades experimentales, es el método psicoeducativo, que se ha complementado con un método de intervención cognitiva, ya sea cognitiva conductual o cognitiva constructivista.
La intervención con infractores, tanto en el medio libre como cerrado, debe basarse en un modelo diferencial con estrategias que se focalicen en aquellas dimensiones requeridas por los jóvenes para avanzar en su desarrollo y en su proceso de readaptación. Pero si examinamos este punto específicamente en Chile nos podremos dar cuenta que la condición de intervención diferencial ha sido prácticamente omitida, efectuándose, en cambio, intervenciones estándares para la población adolescente infractores de ley (Dionne & Zambrano, 2009).
Esto se convierte en uno de los desafíos de los futuros profesiones del Estado, es decir, en la implementación real de esta ley.
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