miércoles, 17 de noviembre de 2010

VIOLENCIA INTRAFAMILIAR Y ENFOQUE DE GÉNERO

El enfoque de género, tuvo en sus inicios una aceptación parcial, debido a su identificación con una postura de corte radical – feminista. Más que trascender el concepto de mujer como tal, se buscó darle un énfasis  al concepto de género, dando un nuevo enfoque y significado social al hecho de ser hombre o mujer.
Las relaciones de género derivan de los modos en que las culturas asignan las funciones y responsabilidades distintas a la mujer y al hombre  (FAO, 2004). La violencia de género, se entiende como la violencia ejercida contra la mujer, que incluye manifestaciones físicas, psicológicas y sexuales, y cuya causa radica en la socialización diferencial de género; es decir, en una construcción cultural de lo “femenino” y lo “masculino” realizada sobre la base biológica del sexo, que define relaciones entre hombres y mujeres basadas en una distribución asimétrica del poder. En esa perspectiva, la expresión más grave de estas relaciones es la violencia contra la mujer por parte de su pareja o cónyuge (Jiménez, 2007).
            Lo anterior ha conllevado a un replanteamiento, tanto en políticas públicas como medidas legislativas. el 7 de Octubre de 2005, se promulga una nueva ley de Violencia Intrafamiliar, la cual sustituyó la anterior y modificó el código penal (Donoso, 2007). Ésta aborda el maltrato físico y psicológico, creando el maltrato habitual, aumentando sanciones, dando mayor protección, donde el agresor debe alejarse del hogar y de la víctima, incautando además sus armas. En cuanto al proceso judicial, cuando no hay delito, los tribunales de Familia adoptan distintas medidas de protección. Por el contrario, cuando sí hay delito, el Ministerio Público asume la investigación y procedimientos (BCN, n.d).
            En cuanto al rol profesional del psicólogo, éste se puede desenvolver en distintas áreas del SERNAM, tal como los centros de la mujer, programas terapéuticos hacia la víctima y/o victimario, asi como también de consejeros técnicos a los jueces de familia, y como psicólogo jurídico, entre otros (Poder judicial, n.d; SENAME, n.d). Además, cabe destacar que además se desempeña en casas de acogida de mujeres con riesgo vital y desprovistas de redes de apoyo, víctima de violencia de género, desempeñando roles tal como contención, empoderamiento personal,  dinámicas de grupo y fortalecimiento de redes sociales entre las mujeres usuarias del centro.

TRATAMIENTO DEL ABUSO SEXUAL INFANTIL


Una de las definiciones más completas del abuso sexual infantil es la elaborada por el National Center of Child Abuse and Neglect (NCCAN), que define como "los contactos e interacciones entre un niño y un adulto, cuando el adulto (agresor) usa al niño (víctima) para estimularse sexualmente a él mismo. El abuso sexual también puede ser cometido por una persona menor de 18 años, cuando ésta es significativamente mayor que el niño o cuando está en una posición de poder o control sobre otro menor”.
En lo que se refiere al tratamiento del abuso sexual infantil, estos van centrados a que el menor logre entender, integrar y resolver el hecho de abuso, el cual genera un quiebre en su desarrollo, sus procesos de sociabilización, autoestima y seguridad, además de dotar a la víctima de herramientas y habilidades que le permitan la superación de los efectos que el abuso haya generado en ella. Dentro de los tratamientos encontramos la terapia individual, aquí es necesario sanar los efectos inmediatos derivados de la situación traumática, pero también prevenir las consecuencias devastadoras del abuso en el largo plazo; el trabajo con ellos es poder elaborar las experiencias traumáticas reconectando así los procesos emocionales, promover experiencias cognitivas y conductuales correctivas. La terapia de grupo, ofrece la posibilidad de que el grupo otorgue a cada víctima compartir vivencias y sentimientos similares, por otro lado el grupo facilita el no aislamiento, la interacción social y la puesta en común, haciendo que  este proceso sea un poco más inclusivo. En cuanto al tratamiento de los adultos perpetradores es importante considerar y trabajar la manera que tienen estos de comprender y vivenciar el afecto, la vinculación, su relación de poder y autoridad. La terapia de familia, se dirige a sostener activamente la crisis, para que se revelen los secretos que emerjan y las pautas abusivas que se revelen en toda su crueldad, se realiza una mejor elaboración de esta crisis familiar y una reconstrucción de las pautas de interacción que aseguren un respeto a la individualidad de cada uno de sus miembros. Desde los diversos enfoques teóricos destacan el psicoanálisis, que utiliza la terapia de juego como una herramienta de interpretación del terapeuta. En el caso contrario la psicología cognitiva a la hora del tratamiento hace énfasis en la reestructuración cognitiva, entrenamiento de habilidades de afrontamiento, como por ejemplo: técnicas de control, resolución de problemas, etc. La escuela humanista enfoca su tratamiento a los aspectos más sanos de la personalidad del niño, busca ver al niño desde un parámetro global, integrado mente y cuerpo.  Desde el enfoque sistémico, se parte de la premisa que el abuso sexual infantil es un síntoma de una disfunción familiar, por lo cual sería necesario abordar no sólo al niño sino también a su grupo familiar.

PSICOLOGÍA DE LOS PROCESOS TRAUMÁTICOS


En los inicios de la historia de la psicología el concepto trauma psicológico siempre estuvo ligado al concepto Freudiano de trauma. En su artículo “estudios sobre la histeria” describe el trauma psíquico como el elemento etiológico de la histeria y el síntoma histérico; la manifestación del trauma que había sido llevada hasta el inconsciente donde permanecía sin ser tramitado ejerciendo efectos patógenos (Del Rio, 2000 citado en Galves y otros).

En la actualidad se suele entender por trauma o trauma psíquico a “todo suceso o experiencia muy impactante vivido por un sujeto, que le produce diversos trastornos que  a menudo dejan secuelas. Se habla propiamente de trauma psíquico cuando el desencadenante es de tal intensidad que el sujeto es incapaz de responder adecuadamente (Arnal, 2001 citado en Galves y otros). Es muy frecuente que debido a un trauma ocurra en las personas un TEPT caracterizado por la reexperimentación intrusiva del evento en varias formas sensoriales, evitar recordar el trauma tratando de negarlo y entumecimiento emocional (depresión, somatización, anedonia, y estados disociativos).

La disociación es un síntoma de estrés agudo definido como “... una perturbación o alteración de las funciones normales de identidad, memoria o conciencia” (Salvador, 1995). Cuando se presenta la disociación ocurre una falta de integración de la personalidad. Esta disociación implica la coexistencia de una alternación entre la llamada Personalidad Emocional (PE) que está clavada en uno o más recuerdos traumáticos y centrada en la detección de la amenaza, y una parte llamada  Personalidad Aparentemente Normal (PAN) que está sujeta en intentar llevar una vida normal, evitando de manera fóbica uno o más recuerdos traumáticos, manifestándose en grados de desapego, insensibilización, despersonalización y amnesia parcial o completa (Steele, Van de Hart & Nijenhuis, 2005).

Cada parte disociada de la personalidad puede ser considerada un (sub)sistema de personalidad, siguiendo las ideas de la teoría sistémica (Benyakar, Kutz, Dasberg, & Stern, 1989). Las partes disociadas han sido incapaces de controlar la tensión dialéctica entre la estabilidad y la flexibilidad (o sea, la adaptación ideal). Es por esto que el tratamiento para la disociación de la personalidad está enfocada en lograr una interacción entre las partes (o sea hacia el sistema de personalidad como totalidad), éste trata de estabilizar y reducir los síntomas, trata los recuerdos traumáticos e integración y rehabilitación de la personalidad.

MEDIACIÓN EN MATERIA DE FAMILIA

Es un sistema de resolución de conflictos en el que un tercero imparcial, sin poder decisorio, llamado mediador ayuda a las partes a buscar por sí mismas una solución al conflicto y sus efectos, mediante acuerdos. (Título V de la  Ley 19.968, que crea los tribunales de familia).

Clasificación:
Mediación Previa Obligatoria: es aquella en que la ley ha establecido que antes de interponer la demanda sobre ciertas materias las partes deberán someterse a un procedimiento de mediación. Materias: alimentos, cuidado personal y relación directa y regular.
Mediación Prohibida: No es posible mediar las materias que la ley prohíbe someterlas a este tipo de procedimiento. Materias: estado civil, declaración de interdicción, maltrato de niños o adolescentes, adopción, violencia Intrafamiliar.
Mediación Voluntaria: En todas aquellas materias, que no han sido calificadas por ley como prohibidas, las partes pueden intentar un procedimiento de mediación. Materias: Aspectos educativos en la crianza de los hijos e hijas, asuntos relacionados con la patria potestad, autorización para salir del país, compensación económica, declaración de bienes familiares, separación judicial de bienes

Principios fundamentales en los cuales se sustenta:
Voluntariedad 
Igualdad 
Interés superior del niño 
Confidencialidad   
Opiniones de terceros
Imparcialidad 

Ventajas de la Mediación:
Mayor rapidez
Gratuidad
Promueve la igualdad
Es confidencial
Llegar a un acuerdo es voluntario
Los acuerdos, debidamente aprobados, tienen el valor de una sentencia judicial

www.poderjudicial.cl
www.crea.uct.cl

martes, 16 de noviembre de 2010

Bienvenid@s

El presente blog ha sido creado por estudiantes de cuarto año de la carrera de psicología desde la cátedra de psicología jurídica.  Nuestro fin es compartir con otros profesionales en formación y personas interesadas en el área los aprendizajes e investigaciones que se han realizado a lo largo del semestre.
Creemos que este blog puede proveer información útil para otros estudiantes de psicología, trabajo social, derecho y público en general, teniendo un acercamiento respecto el rol del psicologo en distintas áreas, y pudiendo encontrar también links de contacto respecto las mismas.
En este blog encontrarás información acerca de:
  • Mediación.
  • Psicología de los procesos traumáticos.
  • Tratamiento jóvenes infractores de ley.
  • Intervención con niños institucionalizados.
  • Tratamiento del abuso sexual infantil.
  • Violencia intrafamiliar y perspectiva de género.
  • Delincuencia y drogadición: tratamiento.
  • Psicopatía.
  • Crítica a los hogares de protección.
  • Adopción.
  • Victimología.

lunes, 15 de noviembre de 2010

Saludos

Estamos comenzando a co-construir este nuevo espacio para sintetizar todo el trabajo de este semestre de primavera en el Curso de Psicología Jurídica de la Escuela de Psicología de la Universidad Autónoma en Temuco, Chile.
Pronto incorporaremos más información y parte de los seminarios temáticos desarrollados este semestre.
Saludos Cordiales
Ps. Hernán Saavedra Madariaga
Docente del Curso